26 de septiembre de 2025
Ha sido promulgada la Ley N° 7.534/2025. La norma modifica y amplía la Ley N° 5508/2015 sobre protección de la maternidad y apoyo a la lactancia. Su efecto principal es la unificación del régimen del permiso de maternidad para todos los empleadores del país.
La ley ahora es de alcance general. Su cobertura se extiende a toda modalidad laboral en los sectores público y privado, incluyendo funcionarias de los poderes judicial y fiscal, defensa pública, fuerzas armadas, policía nacional, entes autárquicos, personal de la educación superior e incluso funcionarias de cargos electivos, de hecho la normativa anterior que regulaba el permiso para cargos electivos queda derogada.
El permiso de maternidad se fija en dieciocho semanas ininterrumpidas para toda trabajadora. Se mantienen, además, extensiones bajo circunstancias específicas.
El período se amplía a veinticuatro semanas en partos anteriores a la semana treinta y cinco de gestación, si el recién nacido pesa menos de 2.000 gramos o si presenta condiciones congénitas que requieran cuidados especiales. En embarazos múltiples, el permiso se incrementa en un mes por cada niño a partir del segundo. Si la madre fallece, el tiempo restante se transfiere al padre o a un cuidador designado.
La ley establece un estándar de cumplimiento único. Elimina las distinciones normativas previas entre diferentes regímenes laborales. Las empresas e instituciones deben revisar y adecuar sus políticas de recursos humanos y reglamentos internos para incorporar las nuevas causales de extensión.
La planificación operativa debe contemplar ausencias que pueden superar las veinticuatro semanas. Esto impacta más que nada en el posible plazo de duración del contrato individual de trabajo celebrado con el reemplazo temporal de la nueva madre.
En relación a la operativa financiera es importante destacar que el subsidio que percibe la madre equivale al 100% de su salario al tiempo del parto, y el cual debe ser cubierto por el fondo se seguridad social del Instituto de Previsión Social. El principio del «Interés Superior del Niño» pasa a regir la interpretación de la norma, un criterio que orientará las decisiones judiciales y administrativas en caso de disputas.
