03 de octubre de 2025
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) emitió la Resolución N° 976/2025. La norma establece el nuevo procedimiento para la homologación y registro del Reglamento Interno de Trabajo (RIT). Digitaliza el proceso a través de los sistemas REOP y VIRTU y deja sin efecto la regulación anterior. Entra en vigencia el 1 de octubre de 2025.
El cambio es doble. El primero es de contenido: todo RIT debe incluir protocolos para la prevención, investigación y sanción de la violencia y el acoso laboral, además de mecanismos para la resolución de conflictos. La vigencia del reglamento se limita a un máximo de cinco años.
El segundo cambio es de procedimiento. La solicitud de homologación es enteramente electrónica. El MTESS archivará directamente cualquier solicitud con documentación incompleta. Si el ministerio formula observaciones, el empleador tiene un plazo perentorio de diez días hábiles para subsanarlas. La falta de respuesta en ese término inhabilita la carga de documentos y causa el archivo automático del expediente.
La resolución trasciende la modernización de un trámite. La imposición de contenido sobre materias de alta sensibilidad legal transforma la naturaleza del RIT. Deja de ser un documento de orden general. Se convierte en un instrumento de gobernanza corporativa y de gestión de riesgos laborales. El nuevo procedimiento, a su vez, eleva el riesgo procesal. Los plazos estrictos y las consecuencias automáticas exigen un mayor rigor en la preparación y seguimiento del trámite, pues los errores u omisiones no admiten subsanación fuera de los términos fijados.
